La neutralidad de la red requiere que todos los datos que viajan a través de Internet sean tratados igualmente. Esto significa que las empresas de telecomunicaciones no deben bloquear contenidos en función de su origen o destino, ni deben discriminar y/o priorizar ciertas aplicaciones, tampoco imponer tasas especiales de acceso que harían más difícil que los contenidos puedan llegar a sus usuarios.
En Paraguay, recientemente, las empresas de telefonía solicitaron a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), que las aplicaciones que proveen llamadas de voz sobre datos como WhatsApp sean reguladas y cuenten con una licencia para operar en el país.
A mediados de marzo, WhatsApp habilitó la opción de llamadas entre usuarios, primero a aquellos con el sistema operativo Android, y en las redes sociales y medios de comunicación en Paraguay se divulgaron acusaciones contra los bloqueos unilaterales a WhatsApp desde las telefónicas.
Estos bloqueos no permitían hacer uso de la opción de llamadas vía WhatsApp, y las empresas no rechazaron ni desmintieron que lo hayan hecho. Sin embargo, una resolución sobre Internet y Transmisión de Datos del año 2009 de CONATEL, prohíbe cualquier tipo de bloqueo, degradación y/o interferencia en el tráfico de los usuarios de Internet.
"Art. 26: EI prestador que provea el Servicio deberá respetar el principio de neutralidad de las redes; por el que no podrá interferir o degradar el tráfico recibido o generado por el usuario, ni variar la capacidad contratada según el tipo de contenido, aplicación, origen o destino decidido por el usuario" (Resolución de Directorio 190/2009).
Tras una reunión entre la Cámara de Operadores Móviles de Paraguay y la CONATEL el pasado 30 de marzo, ha quedado claro que las telefónicas exigen que WhatsApp y/o cualquier otra aplicación que ofrezca llamadas sea regulada por el Estado bajo la denominación de "Servicio de Telecomunicaciones", como lo confirmó Eduardo Nery González, titular del ente regulador a Radio Cardinal AM.
En efecto, según Nery González, el servicio de llamadas de WhatsApp es un servicio de telecomunicaciones, en la opinión de las compañías:
“Para ellos, se dan todos los supuestos para indicar que el servicio de llamadas que está ofreciendo WhatsApp a través de su sistema ya se enmarca dentro de un servicio de telecomunicaciones y por lo tanto debería ser regulado, tener una licencia de la institución reguladora y que no se preste el servicio de manera tan abierta como se estaba publicitando”.
Sin embargo, CONATEL aclara:
“...mientras que no se determine que esta modalidad de llamadas por medio de aplicaciones, constituya un Servicio tipificado por la Ley de Telecomunicaciones, las Operadoras del Servicio de Acceso a Internet y Transmisión de Datos deben respetar las normativas y reglamentos existentes, no debiendo interferir o degradar el tráfico recibido o generado y en tal sentido el bloqueo de datos y sitios de forma unilateral no está permitido”, publicó el regulador en un comunicado que llegó a todos los medios locales.
De las cuatro operadoras de telefonía móvil en Paraguay (Tigo, Personal, Claro, Vox), la empresa Tigo (propiedad del conglomerado Millicom), la más grande en cantidad de clientes en Paraguay, fue la única que emitió un pronunciamiento en el que no negó ni tampoco rechazó haber bloqueado unilateralmente las llamadas vía WhatsApp.
La empresa sostuvo que seguirá ofreciendo Facebook y WhatsApp en la modalidad de tasa cero (zero rating), excepto en las llamadas vía la aplicación de mensajería móvil. Un servicio clasificado como tasa cero permite el acceso de forma gratuita a partir del dispositivo móvil del abonado, una oferta “beneficiosa” para el usuario final, pero perjudicial para la competencia, sobre todo de aquellos servicios que no son parte de la tasa cero (empresas pequeñas, desarrolladores de apps, sitios web, etc.)
En términos prácticos, significa que las personas con menores recursos económicos tendrán acceso solamente a algunas porciones de la Internet, y esa porción de la Internet a la que los usuarios podrán beneficiarse será decidida entre grandes corporaciones (Facebook, WhatsApp, etc) y los ISPs locales.
Para poner en contexto, el debate sobre WhatsApp y zero ratings ocurre en el momento en el que Paraguay debatirá en consulta pública la reforma de la Ley 642/95 de Telecomunicaciones, que data del año 1995 y que actualmente no menciona Internet en ninguno de sus artículos y cuyos avances no están contemplados.
La acción de las telefónicas en Paraguay y otros países de América Latina sientan un precedente peligroso y podría tener un efecto perjudicial sobre los esfuerzos para aprovechar las tecnologías para el desarrollo económico y social, la protección de la libertad de expresión y la reducción de la brecha digital.