Este post forma parte de la serie "Ojos que no parpadean: El Estado de la Vigilancia de las comunicaciones en América Latina", un proyecto elaborado en colaboración con organizaciones de Derechos Digitales en América Latina, que documenta y analiza las leyes y prácticas de vigilancia en doce países: Argentina, Brasil, Chile, Colombia, el Salvador, Guatemala, Honduras, Perú, México, Nicaragua, Paraguay y Uruguay. Además de los informes de cada país, la EFF produjo un análisis jurídico comparativo de las leyes de vigilancia en esos doce países, así como un análisis jurídico a nivel regional de los 13 Principios “Necesario y Proporcional” escrito junto con Derechos Digitales, y un mapa interactivo que resume nuestros hallazgos en alianza con Ojo Público.

El 2004, cuando el abogado argentino Alberto Nisman fue asignado, por el presidente Nestor Kirchner, para investigar el atentado más mortal de la historia argentina, pocos sospecharon que el mismo Nisman terminaría siendo una víctima. La historia de Alberto Nisman refleja aquellas partes sombrías de la Argentina moderna, incluyendo el uso, aún misterioso, de la vigilancia digital contra el imperio de la ley.

Nisman estuvo a cargo de la investigación de un ataque terrorista de 1994 en Buenos Aires contra un centro judío; la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), matando a 85 personas. Dos años después de ser nombrado fiscal principal, Nisman acusó públicamente a Irán de dirigir el ataque. Nisman finalmente acusó a siete funcionarios del gobierno iraní. Con cinco órdenes internacionales de detención aseguradas, el gobierno argentino instó públicamente a Irán a extraditar a los sospechosos. El gobierno de Irán se negó.

Con los años, el caso dejó a los dos países en un callejón sin salida. Nisman siguió adelante. Su investigación fue apoyada públicamente por Cristina Fernández de Kirchner, quien asumió la presidencia argentina después de la dimisión de su esposo en 2007. Hasta que rumores de negociaciones a puerta cerrada entre ella y el gobierno iraní llevaron a Nisman a acusar a la presidenta Fernández de forjar un acuerdo secreto entre Argentina e Irán que cubriría cualquier participación en el bombardeo.

El 18 de enero de 2015, la noche anterior al día en que Nisman debía declarar en el Congreso contra el presidente y su ministro de Relaciones Exteriores, fue encontrado muerto en su casa.

Una investigación llevada a cabo – posteriormente – por el experto en seguridad Morgan Marquis-Boire para The Intercept, indicó que Nisman había descargado, poco antes de su muerte, malware en su teléfono celular. Marquis-Boire explica que el software estaba oculto en un PDF marcado como "confidencial", y tenía la intención de infectar el equipo Windows de Nisman. Debido a que Nisman abrió el archivo en su teléfono Android, el spyware no pudo ejecutarse apropiadamente. Nadie sabe si Nisman, finalmente, abrió el archivo en su computadora primaria y la infectó con spyware, pero Marquis-Boire cree que este ataque por malware no fue un evento aislado. Quien estuviera detrás del último spyware de Nisman parecía usar herramientas de vigilancia similares en otros temas, incluyendo al periodista argentino Jorge Lanata. La atribución del spyware es difícil, pero Marquis-Boire cree que hay fuertes indicios de que un actor del gobierno estaba detrás de estos ataques.

Argentina tiene una larga historia de secreto y vigilancia del gobierno. Uno de los mayores escándalos de vigilancia del país, desvelado durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, fue el descubrimiento del Proyecto X; una base de datos de la policía nacional conteniendo información de inteligencia sobre dirigentes sindicales y miembros de la oposición recogidos sin orden judicial. El proyecto X violaba claramente la ley nacional de inteligencia y la ley de protección de datos personales. Las escuchas telefónicas ilegales no son desconocidas en el país, de hecho el actual presidente Mauricio Macri estuvo bajo investigación durante cinco años por su supuesta participación en uno de esos casos. Aunque fue absuelto en diciembre de 2015, Macri ha atenuado la separación de poderes al nombrar a un amigo cercano como jefe de la agencia federal de inteligencia (AFI), y a un funcionario del partido con estrechos vínculos con la comunidad de inteligencia como subdirector. La sociedad civil argentina ha criticado, duramente, a los nominados por su falta de idoneidad pero el Senado confirmó sus nombramientos en agosto de 2016; una señal que puede sugerir que las agencias de inteligencia se están volviendo menos autónomas y volviendo a las viejas prácticas.

Estos señales públicas de vigilancia incontrolada motivaron al EFF, junto a nuestros socios en Argentina; El Centro de Estudios sobre Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE), Verónica Ferrari y Daniela Schnidrig, a escribir "Vigilancia de las Comunicaciones Estatales y la Protección de los Derechos Fundamentales En Argentina ", un informe que analiza la ley de vigilancia en Argentina y ofrece recomendaciones. Este informe es parte del proyecto más amplio "Ojos que no Parpadean: El Estado de la Vigilancia de las comunicaciones en América Latina". Aquí están algunos de sus principales hallazgos:

Vigilancia en Argentina, hoy

Argentina ha ratificado varios tratados de derechos humanos protegiendo el derecho a la privacidad, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Todos los tratados que Argentina ha ratificado son vinculantes y aplicables en el derecho interno.

Sin embargo, existe una falta de claridad en las salvaguardias a la privacidad que las leyes argentinas proporcionan. El marco legal del país utiliza definiciones vagas en sus disposiciones legales y su marco de inteligencia permite excepciones significativas a las protecciones constitucionales de privacidad en "estados de emergencia" (una frase que no está adecuadamente definida).

En Transparencia

No existen obligaciones legales de presentar informes de transparencia sobre las intercepciones de comunicaciones referidas a asuntos penales en Argentina. Sin embargo, las agencias de inteligencia deben presentar informes anuales sobre sus actividades a la Comisión Bicameral sobre la Supervisión de los Organismos de Inteligencia y sus Actividades. Estos informes son confidenciales.

En septiembre de 2016, la Cámara de Representantes de Argentina aprobó la Ley de Acceso a la Información Pública. La nueva ley permite a los argentinos solicitar información al Fiscal General y a cualquier magistrado del Poder Judicial. La ley contiene – sin embargo – excepciones por materia de seguridad nacional; no se proporcionará información en circunstancias en que se pueda poner en peligro una investigación penal.

Sobre la Notificación al Usuario

No existe obligación legal obligando a las empresas o al estado a notificar a una persona cuando ha sido objeto de vigilancia. Existe la posibilidad de que una persona descubra que ha sido vigilada si la información recopilada en ellos se usa como evidencia en un procedimiento penal. Pero no existe ninguna obligación que obligue a los funcionarios públicos a revelar dónde obtuvieron tales pruebas. Sin embargo, los ciudadanos tienen derecho a solicitar el acceso a la información recopilada por las agencias de inteligencia1

Sobre Supervisión pública

La Comisión Bicameral sobre Supervisión de los Organismos y Actividades de Inteligencia es el mecanismo de control legislativo del país. Por ley, supervisa y controla las actividades del Sistema de Inteligencia Nacional - el servicio de inteligencia argentino - para asegurar que cumple con las regulaciones legales y constitucionales. La Comisión debería también examinar cualquier legislación relativa a las actividades de inteligencia. Sin embargo, la eficiencia real de la Comisión se ve considerablemente debilitada por varios factores.

  1. El Poder Ejecutivo decide a qué información puede acceder la Comisión. Dado que la ley impone una restricción general a la información relativa a las actividades de inteligencia y contrainteligencia, la Comisión debe recibir autorización del Presidente o de un funcionario designado para acceder a cualquiera de este tipo de información.
  2. La Comisión opera, generalmente, en secreto. Grupos de la sociedad civil han tratado de solicitar información sobre las actividades operacionales de la Comisión Bicameral, pero no han recibido respuesta.2
  3. La Comisión debe presentar un informe anual sobre la efectividad operativa del Sistema Nacional de Inteligencia tanto al Ejecutivo como al Congreso Nacional. Sin embargo, el informe es confidencial, lo que hace imposible que el público en general verifique su exactitud.
La Asociación por los Derechos Civiles (ADC), una ONG que trabaja por las libertades civiles en Argentina, concluyó que el secreto envuelve a la Comisión Bicameral al punto que es imposible evaluar su funcionamiento. De hecho, los testimonios reunidos durante la investigación en torno a la muerte de Alberto Nisman sugieren que la Comisión no está operando en absoluto. Veronica Ferrari, anteriormente investigadora y coordinadora de políticas y derechos de Internet en el Centro de Estudios sobre Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE) afirma:

La [t]radición de secretismo alrededor de la inteligencia en la Argentina debe ser revertida. El gobierno tiene la prerrogativa de recopilar inteligencia, pero para asegurar que los derechos humanos no sean afectados es necesaria la implementación efectiva de mecanismos de supervisión pública, como la Comisión Bicameral.

A lo que Daniela Schnidrig, ex investigadora del Centro de Estudios sobre Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE), y actual miembro de Global Partners Digital añade,

En los meses y años venideros, el Presidente Macri debe centrar su atención en el desarrollo de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas sólidos para asegurar que cualquier vigilancia de las comunicaciones se lleve a cabo respetando las normas de derechos humanos.

Hemos visto las consecuencias de gobiernos que operan en secreto sin control alguno. Los políticos y jueces de Argentina deben mejorar e incorporar medidas de transparencia y mecanismos de supervisión a su legislación para evitar futuros abusos de poder, corrupción interna y violaciones de los derechos humanos de su población.

  • 1. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ganora s / hábeas corpus. Decisión de 16 de septiembre de 1999.
  • 2. Ramiro Álvarez Ugarte y Emiliano Villa. ¿Quién está mirando a los vigilantes? Privacidad Internacional, Asociación por los Derechos Civiles - ADC. https://www.privacyinternational.org/sites/default/files/Who's%20Watching%20the%20Watchers_0.pdf